💼 Despido

Tus Derechos Laborales por Despido Injustificado en México

14 min de lectura ·
Avatar de Javier Perales, autor de CalculaTrabajo
Javier Perales
Ingeniero de software
Publicado:
Actualizado:
14 min de lectura

Te despidieron de tu trabajo y sientes que fue injusto. No sabes qué hacer, cuánto dinero te corresponde ni a dónde acudir. Tranquilo: la ley mexicana protege a los trabajadores frente al despido injustificado y te otorga derechos muy claros que tu patrón debe respetar.

Esta guía completa te explica todo lo que necesitas saber: qué es un despido injustificado, cuánto te deben pagar, cómo calcularlo y los pasos exactos para reclamar tus derechos. No dejes que te quiten lo que te corresponde.

Diferencia entre despido justificado e injustificado

Antes de entrar en cifras conviene fijar la frontera legal. La Ley Federal del Trabajo (LFT) sólo permite al patrón terminar la relación laboral sin pagar indemnización cuando se cumplen de manera estricta las causales del artículo 47 LFT: faltas de probidad, violencia, daños intencionales, más de tres faltas en 30 días, presentarse en estado de embriaguez, revelar secretos industriales, etc. Cualquier despido fuera de esa lista es injustificado, aunque al patrón le resulte económicamente conveniente.

Además del motivo, la ley exige un procedimiento: el patrón debe entregar un aviso por escrito con la fecha y la causa del despido, ya sea directamente al trabajador o, si éste se niega a recibirlo, ante el Tribunal Laboral en un plazo de cinco días hábiles. Si ese aviso no existe, el despido se considera injustificado aunque la causa fuera real (Art. 47, último párrafo LFT). Esta es la falla más común: empresas que despiden "porque sí", "por bajo desempeño" o "por reestructura" sin entregar aviso ni demostrar la causal específica del 47.

En la práctica, esto significa que la mayoría de los despidos en México son injustificados desde el punto de vista legal, aunque el trabajador no lo sepa. Si te dijeron "ya no te necesitamos", "no estás dando los resultados", "vamos a recortar" o "no encajas con el equipo", y no hay aviso por escrito ni causal del 47 demostrable, tienes derecho a la indemnización completa.

¿Qué es un Despido Injustificado?

Un despido injustificado ocurre cuando tu patron termina la relacion laboral sin que exista una causa valida contemplada en la ley, o cuando existe una causa pero no cumple con el procedimiento legal para despedirte.

En terminos simples: si tu patron te despide y no puede demostrar que cometiste alguna falta grave de las que menciona el articulo 47 de la LFT, el despido es injustificado y te debe pagar una indemnizacion completa.

Causas de Despido Justificado (Art. 47 LFT)

Para que un despido sea justificado, tu patron debe demostrar que cometiste alguna de estas faltas. Si no puede, el despido es injustificado:

  1. Engano con certificados falsos o referencias ficticias al ser contratado
  2. Faltas de probidad u honradez, actos de violencia o amenazas contra el patron, familiares o personal directivo
  3. Cometer los mismos actos contra compañeros de trabajo, alterando la disciplina
  4. Cometer actos anteriores fuera del trabajo que hagan imposible la relacion laboral
  5. Causar perjuicios materiales de forma intencional durante el trabajo
  6. Causar perjuicios por negligencia de forma tan grave que comprometan la seguridad
  7. Comprometer la seguridad del establecimiento o de las personas por imprudencia
  8. Cometer actos inmorales o de hostigamiento sexual en el lugar de trabajo
  9. Revelar secretos de fabricacion o asuntos confidenciales de la empresa
  10. Tener mas de 3 faltas de asistencia injustificadas en un periodo de 30 dias
  11. Desobedecer al patron o sus representantes sin causa justificada
  12. Negarse a adoptar medidas preventivas o seguir procedimientos de seguridad
  13. Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo influencia de drogas
  14. Sentencia de prision que impida cumplir con la relacion de trabajo
  15. Las analogas a las anteriores, de igual gravedad
Dato clave: Aun si cometiste alguna de estas faltas, el patron debe entregarte un aviso por escrito con la fecha y causa del despido. Si no lo hace, el despido se considera injustificado automaticamente (Art. 47, ultimo parrafo).

¿Que Te Corresponde por Despido Injustificado?

Cuando te despiden injustificadamente, la ley te da a elegir entre dos opciones (Art. 48 LFT):

Opcion A: Reinstalacion

Puedes exigir que te regresen a tu puesto con las mismas condiciones. En la practica, esta opcion es poco comun porque la relacion laboral ya esta danada.

Opcion B: Indemnizacion (la mas comun)

Recibes un pago economico que incluye los siguientes conceptos:

Concepto Monto Base Legal
Indemnizacion constitucional 3 meses de salario integrado Art. 48 LFT / Art. 123 Constitucional
20 dias por año 20 dias de salario integrado por cada año trabajado Art. 50 fraccion II LFT
Prima de antiguedad 12 dias de salario por año (topado a 2 UMA) Art. 162 LFT
Salarios vencidos Hasta 12 meses si el juicio se prolonga Art. 48 LFT
Dias trabajados Salario de los dias no pagados del ultimo periodo Art. 82 LFT
Aguinaldo proporcional Parte proporcional de 15 dias por año Art. 87 LFT
Vacaciones + prima vacacional Dias proporcionales + 25% Art. 76, 79 y 80 LFT

Cuánto te corresponde si te despiden injustificadamente (desglose 2026)

El paquete económico que la ley exige al patrón cuando hay despido injustificado tiene cinco bloques. Conocerlos por separado te permite revisar el desglose que te ofrezcan y detectar si te están "redondeando" alguno hacia abajo:

  1. Indemnización constitucional (3 meses): 90 días de salario diario integrado (SDI). Es el corazón de la liquidación y proviene del artículo 123 constitucional, fracción XXII. No se prorratea, no se reduce, no se "negocia hacia abajo": son tres meses íntegros aunque hayas trabajado poco tiempo. Su base es el SDI (salario base + factor de integración con aguinaldo, prima vacacional y prestaciones), no el salario diario simple.
  2. 20 días por año de servicio (Art. 50 fracción II LFT): 20 días de SDI por cada año completo trabajado, más la parte proporcional del año en curso. Si trabajaste 7 años y 6 meses, son 20 × 7 + 20 × 0.5 = 150 días de SDI. Esta prima fue reformada y ya no tiene tope en términos de SDI para empleados en general.
  3. Prima de antigüedad (Art. 162 LFT): 12 días de salario por cada año trabajado, topados a dos veces la UMA (en 2026, UMA aproximada de $113.14, por lo que el tope diario es ~$226.28). Esta prestación se paga aunque la empresa lo haya intentado tachar de "no aplica por antigüedad menor a 15 años": es exigible siempre que haya despido injustificado, sin importar el tiempo.
  4. Salarios caídos / vencidos (Art. 48 reformado en 2012): los salarios que dejas de percibir desde la fecha del despido se acumulan a tu favor hasta por 12 meses. Si el juicio se prolonga más, después del mes 12 sólo se devenga un interés del 2% mensual sobre 15 meses de salario, capitalizable. Este tope evita litigios eternos pero conserva el incentivo para que el patrón pague pronto.
  5. Finiquito proporcional: días trabajados del último periodo no pagados, aguinaldo proporcional (15 días por año), vacaciones proporcionales según tu antigüedad y prima vacacional del 25%. Esto se paga siempre, sea el despido justificado o no, y se suma a los puntos 1–4 de arriba cuando hay injustificado.

Algunos empleadores intentan englobar todo en una sola cifra "limpia" sin desglose. Exige siempre el desglose por escrito: si firmas un finiquito sin esa hoja, después es muy difícil reclamar diferencias.

3 ejemplos numéricos completos

Para que no quede en abstracto, abajo tienes tres trabajadores reales con cifras 2026 (UMA $113.14, factor SDI estimado 1.0452 con sólo prestaciones mínimas de ley para 1 año, escalando con antigüedad). Todos los montos son antes de ISR.

Caso A — Ana, 2 años, $15,000/mes

Caso B — Bruno, 8 años, $25,000/mes

Caso C — Carmen, 15 años, $40,000/mes

Estas cifras son antes de retención de ISR. El ISR sobre indemnización tiene un tratamiento especial (artículo 95 y 96 LISR): la parte que excede 90 días de UMA al año por servicio se grava con la tasa promedio del último mes ordinario, que suele ser mucho más baja que la del finiquito. Aun así, considera entre un 5% y un 15% como retención efectiva si tu salario es alto.

Ejemplo Completo: Calculando la Liquidacion

Roberto gana $15,000 mensuales y lo despiden injustificadamente despues de 5 años de trabajo. Fue despedido el 15 de marzo, su ultima nómina fue el 28 de febrero.

Datos base:

Calculo del finiquito:

  1. Dias trabajados: $500 x 15 = $7,500.00
  2. Aguinaldo proporcional: ($500 x 15) / 365 x 74 = $1,520.55
  3. Vacaciones proporcionales (18 dias por 5 años): (18/365) x 74 x $500 = $1,824.66
  4. Prima vacacional: $1,824.66 x 0.25 = $456.16

Calculo de la indemnizacion:

  1. 3 meses de indemnizacion: $583.56 x 90 = $52,520.40
  2. 20 dias por año (5 años): $583.56 x 100 = $58,356.00
  3. Prima de antiguedad (5 años): $500 x 60 = $30,000.00 (topado a 2 UMA, se aplica el menor)

Total aproximado para Roberto:

  • Finiquito: $11,301.37
  • Indemnizacion: $140,876.40
  • Gran total: ~$152,177.77
Este es un calculo aproximado antes de ISR. El monto exacto depende de tu situacion particular. Usa nuestra calculadora para obtener un resultado preciso.

Paso a Paso: Como Reclamar tus Derechos

Si te despidieron injustificadamente, estos son los pasos que debes seguir:

  1. No firmes renuncia voluntaria. Este es el error mas grave y comun. Si tu patron te pide firmar una renuncia, no lo hagas bajo ninguna circunstancia. Firmar una renuncia te quita el derecho a los 3 meses de indemnizacion y los 20 dias por año.
  2. Pide tu aviso de despido por escrito. Tu patron esta obligado a entregarte un documento que indique la causa y fecha del despido. Si no lo hace, el despido es automaticamente injustificado.
  3. Reune toda tu documentacion. Junta: contrato de trabajo, recibos de nómina (los ultimos 12 al menos), estados de cuenta bancarios, credencial de la empresa, el aviso de despido (si te lo dieron), y cualquier comunicacion (correos, WhatsApp) relacionada con tu despido.
  4. Calcula cuanto te corresponde. Usa nuestra calculadora de liquidacion para tener un numero claro antes de negociar.
  5. Acude a la PROFEDET. La Procuraduria Federal de la Defensa del Trabajo (800-911-7877) te ofrece asesoria y representacion legal gratuita. Ellos calcularan tu liquidacion exacta y te guiaran en el proceso.
  6. Etapa de conciliacion. Antes de un juicio, se intenta llegar a un acuerdo. La PROFEDET te acompaña a una audiencia donde se negocia con tu patron. Muchos casos se resuelven aqui.
  7. Demanda laboral. Si no hay acuerdo, se presenta una demanda ante el Tribunal Laboral competente. El proceso puede durar varios meses, pero durante ese tiempo se acumulan salarios vencidos a tu favor (hasta 12 meses).

Plazos para demandar y dónde acudir (CFCRL y Tribunales Laborales)

Los plazos en materia laboral son estrictos y la reforma de 2019 cambió de raíz el camino procesal. Hoy, antes de demandar, es obligatorio pasar por una etapa de conciliación prejudicial. Estos son los plazos clave:

El recorrido completo es:

  1. Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL): primera parada obligatoria. Es un órgano descentralizado, gratuito, donde un conciliador ayuda a que tú y tu patrón lleguen a un acuerdo. Tienes hasta 45 días para llegar a convenio. Más del 70% de los casos se resuelven aquí, especialmente cuando el trabajador llega con cifras claras y respaldo de PROFEDET. Citas en gob.mx/cfcrl o por teléfono al 800-717-2942.
  2. Constancia de no conciliación: si no hay acuerdo (porque el patrón no se presenta o porque la oferta es muy baja), el CFCRL emite esta constancia. Es tu llave para pasar a juicio. Sin ella, el Tribunal no recibe tu demanda.
  3. Tribunal Laboral (Poder Judicial de la Federación o local): aquí presentas la demanda formal. Los Tribunales Laborales sustituyen a las Juntas de Conciliación y Arbitraje y son parte del Poder Judicial — no del Ejecutivo, lo que en teoría les da mayor independencia. El proceso oral es más ágil que el de las Juntas: típicamente 6 a 12 meses hasta sentencia, contra los 3 a 5 años del sistema anterior.
  4. PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo): a lo largo de todo el proceso puedes ser representado gratis por un abogado de la PROFEDET. No es obligatorio pero es muy recomendable, y reduce a cero el riesgo de honorarios. 800-911-7877.
El plazo de 2 meses es el más crítico. No esperes. Desde el día que te despiden, empieza a correr el reloj. Acude a la PROFEDET lo antes posible y solicita inmediatamente cita en el CFCRL.

Errores que pueden hacerte perder la indemnización

Hay cuatro errores que cada año dejan a miles de trabajadores sin un solo peso de indemnización. Evítalos a toda costa:

La PROFEDET: Tu Mejor Aliada

La Procuraduria Federal de la Defensa del Trabajo es una institucion del gobierno que existe especificamente para defender a los trabajadores. Es completamente gratuita y estos son sus servicios:

Para contactarlos:

Preguntas Frecuentes

¿Me pueden despedir sin causa si estoy embarazada?

No. Despedir a una trabajadora por embarazo es discriminacion y esta prohibido por la ley. Si te despiden estando embarazada, el despido se presume injustificado y te corresponde indemnizacion completa mas las prestaciones de maternidad.

¿Me pueden despedir si tengo una enfermedad?

No pueden despedirte por estar enfermo. Si te encuentras incapacitado por el IMSS, tu patron no puede terminar la relacion laboral. Si lo hace, es un despido injustificado.

¿Que pasa si mi patron cierra la empresa?

Si la empresa cierra, te corresponde indemnizacion de 3 meses mas 20 dias por año, igual que un despido injustificado. El cierre de la empresa no exime al patron de pagar.

¿Que son los salarios vencidos?

Son los salarios que se acumulan desde el dia del despido hasta que se emite el laudo (sentencia). La ley limita estos salarios a un maximo de 12 meses. Despues de esos 12 meses, se genera un interes del 2% mensual sobre 15 meses de salario.

¿Puedo negociar un monto mayor al que dice la ley?

Si. Lo que establece la ley son los minimos. Puedes negociar un monto mayor, especialmente si tu patron quiere evitar un juicio largo. Muchas empresas prefieren pagar un poco mas para cerrar el caso rapidamente.

¿Me corresponde algo si no estaba dado de alta en el IMSS?

Sí. El hecho de que tu patrón no te haya registrado en el IMSS es una violación a la ley, pero no elimina tus derechos. Tienes los mismos derechos que cualquier trabajador. Además, puedes reclamar también el registro retroactivo ante el IMSS y la integración de cuotas para tu pensión.

¿Qué pasa si firmé un contrato por honorarios pero en realidad era empleado?

Esa figura se llama "simulación" y es ilegal. Si había horario fijo, jefe directo, lugar de trabajo asignado y subordinación, eras empleado aunque el contrato dijera "servicios profesionales". Puedes reclamar la relación laboral real ante el Tribunal y obtener la misma indemnización que cualquier trabajador, más el alta retroactiva ante el IMSS.

¿Cuánto tarda el proceso completo de demanda?

Si se resuelve en conciliación ante el CFCRL: entre 30 y 60 días. Si pasa a Tribunal Laboral con el sistema reformado: 6 a 12 meses promedio. Casos complejos con apelación pueden llegar a 18–24 meses. Durante todo ese tiempo se devengan salarios caídos a tu favor, hasta 12 meses como tope.

¿Puedo seguir cobrando seguro de desempleo del IMSS mientras dura el juicio?

Si tienes 5 años cotizados al IMSS y al menos 52 semanas en los últimos 5 años, puedes retirar parte de tu Afore por desempleo (Art. 191 LSS). Es independiente del juicio: lo cobras y sigues litigando. Eso sí, lo retirado se descuenta de las semanas para tu pensión.

¿El bono o las comisiones cuentan para calcular la indemnización?

Sí. Los bonos fijos, comisiones regulares, vales de despensa, fondo de ahorro y cualquier prestación periódica se promedian e integran al SDI. Esto puede aumentar tu liquidación entre un 10% y un 30%. Si la empresa solo está usando tu salario base "limpio" para calcular, está pagando de menos.

¿Qué pasa si el patrón me ofrece pagar la mitad ahora y la mitad después?

Solo acepta pagos diferidos si están respaldados en convenio ante el CFCRL o Tribunal Laboral, con título ejecutivo. Un cheque o pagaré informal no se ejecuta fácilmente y muchas empresas usan esa demora para "desaparecer" o vender los activos.

Calcula tu liquidacion completa por despido injustificado

Calcular mi Liquidacion
Aviso: Este articulo es informativo y no constituye asesoria legal. Para situaciones especificas consulta a un abogado laboralista o acude a la PROFEDET.